VEHÍCULOS CON CONSTANCIA DE VERIFICACIÓN NO APROBADA POR MALA OPERACIÓN DEL
CONVERTIDOR CATALÍTICO
10.1. Durante la prueba de verificación se evaluará la eficiencia del convertidor catalítico mediante la lectura de los gases de
escape, generándose un rechazo en aquellas unidades de pasajeros de uso particular modelos 1991 a 2003 o de transporte
público, mercantil y privado de carga y transporte público de pasajeros modelos 1991 a 2006, cuyos convertidores
catalíticos hayan perdido eficiencia en la conversión. La constancia de verificación no aprobatoria que se entregue deberá
contener la leyenda: “Falla en la eficiencia del convertidor catalítico, debe acudir a un Taller PIREC autorizado y ubicado
en el Distrito Federal o a una agencia automotriz a cambiar este dispositivo anticontaminante, así como a realizar el
diagnóstico y las reparaciones necesarias al motor de su vehículo”.
10.2. El automotor no podrá ser verificado nuevamente hasta haber realizado el cambio de convertidor catalítico en un
Taller PIREC autorizado y ubicado en el Distrito Federal o en las agencias concesionadas por los fabricantes de
automóviles. La ubicación de los Talleres PIREC autorizados por la “DGGCA” se presenta en la siguiente dirección
electrónica: www.sma.df.gob.mx.
10.3. En el Taller PIREC se sustituirá el convertidor catalítico y se realizará un diagnóstico de las condiciones mecánicas
del vehículo (mismo que se entregará al poseedor del automotor). Las reparaciones necesarias derivadas del diagnóstico
realizado podrán realizarse en el Taller PIREC o en cualquier otro taller mecánico.
10.4. El poseedor del automotor al que se le cambie el convertidor catalítico deberá exigir la entrega de la póliza de garantía
del convertidor catalítico, documento necesario para verificar las emisiones del vehículo.
10.5. El usuario deberá dejar su convertidor catalítico sustituido en el Taller PIREC autorizado donde fue atendido, para su
destrucción controlada, toda vez que es un residuo peligroso.
10.6. Los vehículos que, habiendo tenido una verificación aprobatoria, y realicen una nueva verificación con el objeto de
obtener un holograma “0”, y obtengan como resultado una constancia de verificación no aprobatoria por causa del mal
estado del convertidor catalítico, permanecerán con el holograma adherido al medallón con el objeto de que puedan circular,
pero no podrán volver a verificar hasta que comprueben el cambio del convertidor catalítico, para lo cual contarán hasta el
vencimiento de su próximo período de verificación.