| Reposición de calcomanía de verificación. |
-- De 8 a 10 días hábiles. |
| Propietarios y operadores de vehículos. |
Calcomanía y acuerdo de reposición. |
ma004
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| Trámite que se brinda a los propietarios u operadores de vehículos que hayan sufrido el robo, pérdida o destrucción de la calcomanía de verificación vehicular vigente. |
| Original y copia simple de los siguientes documentos:
1- Solicitud (Formato DGGCA-01) debidamente requisitado y firmado.
2- Tarjeta de circulación, y/o constancia de alta vehicular, y/o último pago de tenencia, o en su caso, el acta de de robo o extravío.
3- Comprobante de pago de derechos (No pagar hasta que el trámite resulte favorable).
4- Constancia de verificación vehicular.
5- En caso de robo constancia de la denuncia presentada ante el Ministerio Público y en caso de pérdida o destrucción constancia de acta presentada ante el Juez Cívico, conteniendo la manifestación del interesado. .
6.- Identificación Oficial vigente. |
| Por el periodo de verificación vigente. |
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Área donde se Gestiona: Dirección de Programas de Transporte Sustentable y Fuentes Móviles (Atención Ciudadana)
Dirección: Agricultura No. 21 -2° Piso Col. Escandón
Del. Miguel Hidalgo
México, D.F. C.P. 11800
Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 hrs.
Teléfonos: 5278-9931 exts. 6251, 6252 y 6253
Email: vvargas@sma.df.gob.mx
Responsable: Vicente Vargas Navidad
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| El señalado para el caso de reposiciones, en la fracción III del Art. 201 del Código Financiero del Distrito Federal. |
En la Institución Bancaria y número de cuenta que al respecto se encuentren autorizadas. |
| - Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal - Artículos 15 fracción IV y 26 fracción VI.
- Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.- Artículo 44.
- Ley Ambiental del Distrito Federal.- Artículos 9 fracciones XXXIX, 130, 131 y 133 fracción XI y XIV, 140,196 Y 197.
- Reglamento de la Ley Ambiental del Distrito Federal.- Artículo 87.
- Programa de Verificación Vehicular Obligatoria vigente.
- Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 54 fracciones I y XII.
- Circular que notifica las nuevas referencias de la Secretaría del Medio Ambiente para depositar en la cuenta número: 00100911771 de Scotiabank – Inverlat por diversos derechos, productos y servicios. |
| - El documento obtenido tiene una vigencia hasta en tanto no se realice la siguiente verificación, de conformidad con lo establecido en el Programa de Verificación Vehicular vigente.
- Los originales de los documentos, con excepción del pago de derechos, se requieren únicamente para cotejo. |
| Ningún servidor público de la Administración Pública del Distrito Federal está facultado para solicitar documentos adicionales a los requisitos establecidos en esta cédula, ni para requerir pagos por la realización del trámite, distintos a los establecidos en los ordenamientos legales aplicables. Para reportar cualquier anomalía favor de dirigirse a la Contraloría Interna del área en que realizó el trámite, a la Contraloría General del GDF ubicada en Av. Juárez número 92, planta baja, Col. Centro, teléfono 5627-9700 extensiones 2153 y 2154; o bien al servicio QUEJATEL con número telefónico 5658-1111. |