Martes 21 de mayo de 2013


 
Fecha de actualización  
Mes Año No.
Febrero 2010 ss MA016
 
Nombre del Trámite Tiempo de Respuesta
Constancia de Reducción Fiscal a la que se refiere los artículos 276 (primer y segundo párrafos) y 277 del Código Fiscal del Distrito Federal. -- 40 días hábiles
Usuarios Documento a Obtener Formato
Personas físicas o morales. Constancia. SMA-FEF-01
Descripción
Trámite por el que las personas físicas o morales de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Secretaría del Medio Ambiente, solicitan constancia de que realizan actividades empresariales de reciclaje o reprocesan residuos sólidos en su operación; empresas o instituciones que apoyen programas de mejoramiento de condiciones ambientales, o bien son empresas de servicios e industriales que instalen y operen tecnologías o sistemas, equipos y materiales o realicen acciones que acrediten prevenir o reducir las emisiones de contaminantes establecidos por las Normas Oficiales Mexicanas y las ambientales para el D. F. ó que den cumplimiento a los supuestos a que se refieren los artículos 276 (primer y segundo párrafos) y 277 del Código Fiscal para el D. F., para la obtención de reducciones fiscales.
Requisitos
1- Presentar formato SMA-FEF-01 y anexo o anexos técnicos debidamente requisitados.
Vigencia Ante el silencio de la Autoridad Procederá
Un año o el tiempo especificado en la Constancia Afirmativa Ficta Negativa Ficta
no procede no procede
Área donde se Gestiona
Dirección General de Regulación Ambiental, Dirección de Autorregulación y Economía Ambiental, Calle de Agricultura No 21; Col. Ecandon 3er piso C.P. 11800 Deleg.Miguel Hidalgo de lunes a viernes apartir de 9:00 am hasta 1:30 pm
Costo Área de Pago
Gratuito No aplica
Fundamento Jurídico-Administrativo del Trámite
-Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 26 fracciones I y IV -Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.- Artículos 44 y 89 -Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 55 fracciones VIII y XV -Ley Ambiental del Distrito Federal.- Artículos 9° fracción XII, 19 fracción XI, 71 bis, 71 bis 1, 72 y 72 bis -Código Fiscal del Distrito Federal.- Artículos 276 y 277 -Lineamientos para obtener las Constancias establecidas en los artículos 276 (primer y segundo párrafos) y 277 del Código Fiscal del Distrito Federal.
Observaciones
La Secretaría del Medio Ambiente únicamente otorga la constancia correspondiente, la cual debe ser presentada por el propietario o representante legal ante Tesorería para tramitar y obtener reducciones fiscales. La vigencia de la Constancia se especifica en la misma, dependiendo del supuesto por que se obtuvo y se acreditó en términos de los artículos 276 (primer y segundo párrafos) y 277 del Código Fiscal del Distrito Federal.
Nota Importante
Ningún servidor público del Gobierno del Distrito Federal está facultado para solicitar documentos adicionales a los requisitos establecidos en esta cédula, ni para requerir pagos por la realización del tramite, distintos al costo oficial establecido. Reporte cualquier anomalía al 56-58-11-11 de Queja tel. o a la Contraloría General del GDF, al teléfono 56-27-97-00, extensiones 2090 y 9716; o acuda a Av. Juárez 92, col. Centro.
 
Plaza de la Constitución, No. 1, 3er. Piso, Col. Centro, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06068, Tel. 5345 8187 y 5345.8188.
e-mail: atencionciudadana@sma.df.gob.mx
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