| Certificación y/o autorización de Personas Físicas o Morales para instalar sistemas integrales de carburación a GLP y/o GN en vehículos de uso intensivo |
-- 15 días calendario |
| Personas físicas o morales |
Certificación y/o autorización |
ma012
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| Certificación y/o autorización para instalar sistemas integrales de carburación de GLP y/o GN (equipo, convertidor catalítico y circuito cerrado) en vehículos de uso intensivo, originalmente a gasolina, conforme a las convocatorias números CEEM-DGE/GLP-1991-01, DGE-SEEM-GN-1992-01 y DE-SEEM/GLP-GN-1993-01. |
| Elaborar un escrito o solicitud dirigida al Dr. J. Víctor Hugo Páramo Figueroa, Director General de Gestión de la Calidad del Aire de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal, en la que la persona física o moral, solicite conforme a lo establecido en las Convocatorias
números CEEM-DGE/GLP-1991-01, DGE-SEEM-GN-1992-01 y DE-SEEM/GLP-GN-1993-01, según sea el caso la certificación y/o autorización para instalar equipo de carburación a GLP y/o GN.
La solicitud debe contener las características de los vehículos de prueba utilizados en los que se instalarán los sistemas (ingresar ficha técnica), equipo de carburación a certificar y/o autorizar a GLP y/o GN y convertidor catalítico. |
| 1 año |
| no procede |
no procede |
9:00 a 14:00 horas
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| $4,329.00 M.N. |
Banco Scotiabank Inverlat en la cuenta número 00100911771 y referencia número 06010847 a nombre de la Secretaría de Finanzas / Tesorería del GDF. |
| - Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículos 15 fracción IV y 26 fracción X.
- Ley Ambiental del Distrito Federal .- Artículos 9 y 15 fracciones XXXI y XL y artículo 145.
- Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.- Artículo 54 fracciones I y XII.
- Convocatoria DE-SEEM/GLP-GN-1993-01 (para GLP y GN en vehículos de PBV mayor a 5500 kg).
- Convocatoria CEEM-DGE/GLP-1991-01 para vehículos a GLP y PBV menore de 5,500 kg.
- Convocatoria DGE-SEEM-GN-1992-01 para vehículos a GN y PBV menor a 5,500 kg.
- Código Financiero del Distrito Federal. |
| Vigencia por un año |
| Ningún servidor público del Gobierno del Distrito Federal está facultado para solicitar documentos adicionales a los requisitos establecidos en esta cédula, ni para requerir pagos por la realización del trámite, distintos al costo oficial establecido. Reporte cualquier anomalía al 5658-1111 de QUEJATEL o a la Contraloría General del GDF, al teléfono 5627-9700, extensiones 2090 y 9716; o acuda a Av. Juárez 92, Col. Centro. |