Vehículos exentos de estas medidas:
- Con holograma “0” y “00”
- Servicios de Emergencia (Ambulancias, Bomberos, Protección Civil, seguridad pública, etc.)
- Cortejos fúnebres en servicio
- Que transporten personas discapacitadas
- Con emergencias médicas
- Transporte escolar acreditado
¿Si no cumplo con la medida quién me puede detener?
La policía del D.F. del Distrito Federal, estatal o municipal, en el ámbito de sus respectivas competencias, remitirá al depósito vehicular a dichos vehículos con la multa correspondiente.
¿A cuánto asciende la multa?
La sanción por no cumplir con esta disposición en el Estado de México es 30 días de salario mínimo y de 20 en el D.F. además de los costos del arrastre y piso derivados del envío del vehículo a un depósito vehicular, en el que permanecerá hasta que concluya el horario de la restricción.
INFORMES
hoynocircula@sma.df.gob.mx
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Teléfonos: (55) 5278-9931
Locatel: 5658-1111
Ecotel: 01800 2320835
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