Miércoles 19 de junio de 2013
2008-06-16 12:19:04

Vehículos exentos de estas medidas:

  • Con holograma “0” y “00”
  • Servicios de Emergencia (Ambulancias, Bomberos, Protección Civil, seguridad pública, etc.)
  • Cortejos fúnebres en servicio
  • Que transporten personas discapacitadas
  • Con emergencias médicas
  • Transporte escolar acreditado

¿Si no cumplo con la medida quién me puede detener?

La policía del D.F. del Distrito Federal, estatal o municipal, en el ámbito de sus respectivas competencias, remitirá al depósito vehicular a dichos vehículos con la multa correspondiente.

¿A cuánto asciende la multa?

La sanción por no cumplir con esta disposición en el Estado de México es 30 días de salario mínimo y de 20 en el D.F. además de los costos del arrastre y piso derivados del envío del vehículo a un depósito vehicular, en el que permanecerá hasta que concluya el horario de la restricción.

INFORMES

hoynocircula@sma.df.gob.mx
sma@edomex.gob.mx
Teléfonos: (55) 5278-9931
Locatel: 5658-1111
Ecotel: 01800 2320835
www.sma.df.gob.mx
www.edomexico.gob.mx

MATERIA ADICIONAL DE DIFUSIÓN

Plaza de la Constitución, No. 1, 3er. Piso, Col. Centro, Del. Cuauhtémoc, C.P. 06068, Tel. 5345 8187 y 5345.8188.
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